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Seguro Médico Hospitalario
Descubra nuestro producto de seguro médico hospitalario colectivo y protéjase ante cualquier evento inesperado, éste brinda la cobertura necesaria para suplir los gastos producidos por un accidente o enfermedad, ofreciéndole la tranquilidad y solvencia para enfrentar las eventualidades que se le puedan presentar.

 

Descripción de las Coberturas de Seguro Médico Hospitalario

La Compañía reconocerá al asegurado,  los gastos médicos que adelante se mencionan con sujeción a lo establecido en las Condiciones Generales y Especiales de la póliza y Anexos, si los hubiere, mientras se encuentre formando parte del grupo asegurado.
a) Gastos por suministros de hospital, incluyendo:
Gasto diario por cuarto y alimentos: la cantidad que le cobre el hospital, hasta el máximo establecido en el Cuadro de Beneficios de las Condiciones Especiales, sin exceder de 365 días por cada período de incapacidad.
Derecho al uso de sala de emergencias, sala de operaciones, cuidados intensivos y ambulancia.
Drogas y medicamentos que sean necesarios para el tratamiento de una enfermedad o accidente, suministrados dentro del hospital. Se aplicará decreto No. 139/97 emitido por la Secretaría de Industria y Comercio el 04 de Diciembre de 1999 y sus reformas.
Costo de análisis de laboratorio, de estudios de rayos x, de electrocardiografía, encefalografía o de cualesquiera otros indispensables para diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o accidente.
Gastos por consumo de oxígeno, terapia de inhalación, transfusiones de sangre, plasma, sueros u otras sustancias similares.
Gastos por alquiler de: silla de ruedas, cama especial de hospital, pulmón mecánico o cualquier equipo mecánico necesario para el tratamiento de parálisis respiratorias.
  • Gastos y honorarios por tratamiento médico suministrado por un médico autorizado legalmente para ejercer la medicina, sujetando dichos gastos al arancel vigente.
    Gastos y honorarios por procedimientos quirúrgicos realizados por un cirujano autorizado legalmente, sujetando dichos gastos al arancel vigente.
    Los gastos de anestesia y honorarios de anestesiólogo autorizados legalmente para ejercer la profesión, sujetando dichos gastos al arancel vigente.
    Gastos y honorarios por atención suministrada por enfermeras(os), de acuerdo a los costos razonables y acostumbrados.
    Gastos y honorarios por procedimientos suministrados por un radiólogo, indicado por un médico.
    Gastos y honorarios por tratamientos suministrados por un fisioterapeuta, remitido por un médico especialista en el ramo.
    Drogas y medicamentos que sean necesarios para el tratamiento de una enfermedad o accidente adquiridos fuera del hospital siempre que sean prescritos por un médico y suministrados por un farmacéutico autorizado para ello.
    Costo de análisis de laboratorio, de estudios de rayos x, de electrocardiografía, encefalografía, electromiografía, ecocardiograma, pruebas de esfuerzo, estudios de velocidad de neuroconducción o de cualesquiera otros indispensables para diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o accidente cubiertos por esta póliza, sin que el reconocimiento de estos gastos representen obligación para la Compañía en caso de diagnosticar una enfermedad excluida por la misma.
    Gastos por alquiler de oxígeno, terapia de inhalación, sueros u otras sustancias similares.
    Los gastos de recién nacido serán elegibles después de los 10 días de su nacimiento.
    Gastos por tratamientos de una enfermedad o cirugía de los dientes o tejidos adyacentes practicados por un dentista u otra persona profesional del ramo, siempre y cuando sean a consecuencia de un accidente y se realicen dentro de los 180 días siguientes al mismo y que el individuo se encuentre asegurado en la fecha de realización de los gastos.
    Gastos por cirugía plástica reconstructiva practicado por un profesional del ramo, siempre y cuando sean a consecuencia de un accidente y se realicen dentro de los 180 días siguientes al mismo y que el individuo se encuentre asegurado en la fecha de realización de los gastos.
    Gastos por transplante de órganos, exceptuando todos los gastos en que incurra el donante.

Preguntas Frecuentes

  • R// Son los seguros que cubren la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal o la salud del Asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad, mediante el pago de la prima correspondiente

  • R// Cubre los gastos hospitalarios, honorarios médicos, intervenciones quirúrgicas, medicamentos, laboratorios, radiografías, rayos x, terapia intensiva, enfermería, ambulancia y gastos varios que se incluyen en una hospitalización.

  • R// Período de espera.- Es el período de tiempo establecido en la póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la Aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento médico de ciertas enfermedades o padecimientos.

    Preexistencia.- Es la enfermedad o padecimiento que se inició antes de la contratación del Seguro de Gastos Médicos y que consecuentemente no están cubiertos por el seguro.

    Deducible.- Es una cantidad de dinero a partir de la cual la Aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible.

    Coaseguro.- Es un porcentaje del total del monto que la aseguradora haya considerado como procedente para la atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también lo pagará el asegurado.

  • R// Esta red se utiliza en caso de emergencias y cirugías programadas, para los cuales es necesario realizar el siguiente proceso:

    1. Presentación del Carnet vigente del Seguro Médico Hospitalario e identificación adicional del paciente.

    2. El asegurado deberá pagar el porcentaje de coaseguro del total de la factura, deducible cuando aplique y gastos no elegibles.


    3. En caso que la emergencia sea menor a L.1,500.00, el asegurado cancelará el total del gasto, presentándolo vía reembolso.

  • R// Presentar directamente a la Compañía el formulario de reclamos completado por el médico y el asegurado.

    Adjuntando los documentos que respalden el gasto realizado;

    • Recibo de consulta médica el cual deberá portar firma y sello del médico tratante, recibo de honorarios médicos, en caso de procedimiento quirúrgico o atención hospitalaria deberá realizar desglose en detalle de dicho cobro, ordenes médicas (receta), firmada y sellada por el médico tratante, Factura de caja o ticket de caja por compra de medicamentos.

    No se aceptarán facturas manuales ni reimpresiones en el caso de farmacias que proporcionen tickets o facturas de caja.

  • R// Presentar el Formulario de Gastos Médicos,  Pre certificación y Segunda Opinión Médica con no menos de 5 días hábiles a la fecha programada para la realización del procedimiento quirúrgico. Dichos documentos deben ser  firmados y completados por el médico tratante, adicional a ello se deben adjuntar  exámenes complementarios al diagnóstico.

  • R// La fecha de inicio y finalización de la cobertura del  seguro esta detallada en el certificado individual de seguro de vida y carnet de seguro médico que se entrega al asegurado al momento que se emite la póliza.

  • R// Cónyugue Dependiente:

    La edad máxima de permanencia para el Cónyuge es hasta los 70 años de edad.

    Hijos Dependientes:

    La edad máxima es hasta los 23 años de edad, siempre y cuando dichos dependientes sean estudiantes a tiempo completo y dependan económicamente del asegurado principal para su ayuda y sostenimiento

Requisitos para la Suscripción del Contrato

  • Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario
  • Completar la solicitud de Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario por el Contratante
  • Tarjeta de Enrolamiento Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario completas y copia de identidad por cada persona que forma parte del grupo asegurable
  • Formulario de Inscripción de Seguro Médico para Familiares Dependientes
  • Cuestionario de Salud sin Examen Médico (en caso de ser requerido)
  • Formulario de Examen Físico (en caso de ser requerido)
  • Oferta de Seguro presentada al Cliente
  • Escritura de constitución de la empresa
  • Copia del RTN de la empresa
  • Certificación de Socios
  • Copia de la Tarjeta de Identidad y RTN del representante legal de la empresa

Formularios

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